BASES LEGALES DE LA CAMPAÑA DE INVIERNO CRUZ
1. OBJETO
Con el objetivo de promocionar sus ventas y premiar a los usuarios de sus productos la compañía CRUZBER SAU (en adelante “CRUZBER”), con CIF (VAT NR): ES-A-14018311 y con domicilio social en Pol. Ind. Las Salinas II parcela 12, C.P. 14960 Rute (España), teléfono: 0034 957 538 354 y dirección general de correo electrónico info@cruzber.com, promueve (la “Promoción”) “Campaña CRUZ Winter – ski carriers”, la cual se regirá por las siguientes bases legales (las “Bases Legales”):
2. PERÍODO DE PROMOCIÓN
El plazo durante el cual se podrá participar en la promoción y sorteo comenzará el día 15 de diciembre de 2022 a las 00:00 (CEST) y finalizará el día 28 de febrero de 2023 a las 23:59 (CEST).
3. ÁMBITO TERRITORIAL
La presente Promoción será válida en el territorio europeo.
4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar en el Sorteo todas las personas físicas mayores de 18 años. Quedan excluidos de la participación en la presente Promoción los empleados de CRUZBER.
5. PREMIO
Se otorgan un total de (2) Premios, sorteados entre todas aquellas personas que adquieran y registren cualquiera de nuestros portaesquís CRUZ entre las fechas comprendidas para el sorteo (desde el 15 de noviembre de 2022 a las 00:00 (CEST) y hasta el día 28 de febrero de 2023 a las 23:59 (CEST).
Premio:
(1) Máscara Oakley fall line gogles matte black priz snow saphire lens*, modelo Nirvana color negro de 35L
* La talla se indicará cuando se contacte con el Ganador del premio.
Esta campaña no está patrocinada, administrada, ni asociada de ninguna forma con Oakley® es una marca registrada, cuyos términos legales y uso de la propiedad intelectual se pueden encontrar en https://www.oakley.com/es-es/legal/terms-and-conditions
(1) Lote de merchandising CRUZ:
*La talla se indicará cuando se contacte con el ganador/a del segundo premio. El Premio no podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación alguna a petición de los ganadores.
Los ganadores podrán renunciar al Premio obtenido, pero en ningún caso se ofrecerá un premio alternativo, ni dicha renuncia dará derecho de indemnización o compensación.
El transporte de los premios corre a cargo de la empresa, independientemente del país, siempre que sea territorio europeo.
6. MECÁNICA DEL CONCURSO
Para poder participar en la Promoción y optar al Premio indicado en la estipulación PREMIO, es necesario que los participantes hayan adquirido entre las fechas de la campaña (entre el 15/11/2022 y el 28/02/2023) cualquiera de los siguientes productos CRUZ en cualquiera de nuestros puntos de venta online o físicos del ámbito territorial estipulado:
En este enlace se muestran todos los portaesquís que participan en la campaña: https://www.cruzber.com/es/23-portaesquis
Los participantes, deberán cumplimentar todos los datos del formulario de registro y adjuntar el comprobante de compra (ticket o factura). Serán válidos los formatos pdf, jpg o png. En cualquier caso, la información deberá ser nítida y no dar lugar a error. No se aceptará ningún registro que no tenga correctamente cumplimentados todos los campos que se solicitan.
Durante el proceso de registro, a cada Participante le será asignado un código de forma automática y aleatoria. Ese código será guardado en la base de datos de CRUZBER hasta el momento del sorteo. El Sorteo se realizará por medio de ese código, obteniéndose dos ganadores/as.
El Sorteo tendrá lugar el día 28 de Febrero de 2023. El Ganador se hará público el día 1 de marzo a través de las redes sociales de CRUZ y se contactará con ellos a través del email aportado en el formulario de registro de producto. Si transcurridos dos días naturales desde que el Ganador se haga público, no se lograra contactar con él por cualquiera de las vías facilitadas, éste perderá el derecho a obtener el Premio y el mismo se adjudicará a un Suplente.
7. FISCALIDAD
CRUZBER informa a los Ganador/a que, de conformidad con la vigente legislación aplicable, los Premio obtenido tendrán la consideración de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales, quedando sujetos a tributación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -IRPF- y siendo responsabilidad del Ganador/a el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
CRUZBER, en el caso de que así lo exija la normativa vigente, realizará y soportará la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -IRPF-. Así mismo, CRUZBER expedirá la oportuna certificación que facilite a los Ganador/a el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. CRUZBER no se hará en ningún caso responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto puedan hacer los Ganador/a del Premio.
El Ganador exime de toda responsabilidad a CRUZBER por eventuales retrasos y/o ante todo tipo de incidencias informáticas, de transporte, o logística (con carácter enunciativo, no limitativo) que pudieran darse en el cumplimiento de las presentes Bases legales, ya fuere por cuestiones derivadas de pandemia de COVID-19, fuerza mayor, estados de alarma, sitio, excepción, o situaciones análogas, renunciando a cualquier tipo de reclamación y/o indemnización contra CRUZBER.
8. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
CRUZBER tratará los datos de carácter personal que se recojan a través de esta Promoción cumpliendo con la normativa vigente sobre protección de datos. Los datos personales que CRUZBER reciba de forma absolutamente voluntaria de los Participantes serán incluidos en un fichero automatizado responsabilidad de CRUZBER SAU con domicilio en Pol. Ind. Las Salinas II parcela 12, C.P. 14960 Rute (Córdoba), dado de alta en las Agencias de Protección de Datos competentes, y protegidos por las medidas de seguridad exigidas por la legislación. Los datos de los Participantes serán utilizados por CRUZBER con la finalidad de gestionar su participación en la presente Promoción (contactar a los participantes Ganador/a y llevar a cabo la entrega de los Premio), llevar a cabo actividades de segmentación con fines meramente estratégicos y de negocio, cumplimentar trámites fiscales, así como remitirle información y ofertas comerciales, tanto por medios ordinarios como electrónicos, sobre nuestros productos y servicios y los de otras empresas pertenecientes al grupo que estimemos pudieran ser de su interés. Salvo indicación en diferente sentido, el responsable del tratamiento será CRUZBER SAU con domicilio en Pol. Ind. Las Salinas II parcela 12, C.P. 14960 Rute (Córdoba), donde el usuario podrá dirigirse para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación en cualquiera de las formas previstas por la normativa vigente de protección de datos.
9. AUTORIZACIÓN DE UTILIZACIÓN DE NOMBRE
CRUZBER se reserva el derecho de utilizar el nombre de los Ganador/a en todo lo relativo al desarrollo de la Promoción, por lo que los Participantes consienten en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CRUZBER de su nombre en cualquier publicación con fines promocionales o informativos siempre que estos se relacionen con la presente Promoción, sin compensación económica de cualquier clase para el Participante.
10. MODIFICACIONES
En el caso de existir causas de fuerza mayor, CRUZBER se reserva el derecho de efectuar cambios, suspender, acortar o ampliar este Sorteo, comprometiéndose a dar a las modificaciones el mismo grado de información que a las presentes Bases Legales.
11. ACEPTACIÓN DE LAS BASES LEGALES
La participación en cada una de las acciones promocionales llevadas a cabo por CRUZBER conlleva la aceptación íntegra de estas bases generales y las condiciones particulares que, en su caso, se establezcan en cada promoción.
CRUZBER se reserva el derecho de anular la promoción por razones justificadas, así como modificar estas bases o las de la acción promocional en cualquier momento o dejar el premio desierto. Si esto ocurriera será debidamente puesto en conocimiento de los participantes en el mismo canal en el que se haya llevado a cabo la acción, con una explicación motivada de la decisión.
De la misma forma, CRUZBER se reserva el derecho de excluir a aquellos participantes que vulneren las normas establecidas en las bases o cuyo comportamiento afecte al normal desarrollo de la acción promocional. Así como a descalificar a aquellos que actúen de forma abusiva o fraudulenta.
CRUZBER queda eximido de responsabilidad en el caso de que no pueda localizar al ganador por causas no imputables a la empresa. También el ganador exime a CRUZER de la responsabilidad de cualquier perjuicio que pudiera derivarse del uso del premio otorgado.
Cualquier incidencia que pueda surgir y no esté contemplada en estas bases será resuelta por CRUZBER conforme a su propio criterio.
12. LEY APLICABLE Y JURISDICCION
La presente Promoción se rige por la ley española. Para toda controversia que pudiera derivarse de la interpretación del presente documento, las partes se someten a la jurisdicción y fuero de los Juzgados y Tribunales de Lucena, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.